FEDERACIÓN PARAGUAYA DE AJEDREZ

NOTICIAS DE LA FEPARAJ

PRESIDENTE DE ZONA 2.5 SENTENCIADO A PAGAR COSTAS

Por medio del Auto Interlocutorio AI Nº 30 del 10 de Marzo de 2006, el Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala, Resolvió regular los honorarios profesionales de los abogados de la Federación Paraguaya de Ajedrez a ser abonados por los litigantes perdedores César Cardozo, Presidente de Zona 2.5 de la FIDE y Fernando Vera Andrada, en uno de los dos litigios judiciales mantenidos por la FEPARAJ contra ellos, en la suma de Gs. 21.991.715 (Guaraníes veintiún millones novecientos noventa y un mil setecientos quince), más Gs. 2.191.172 (Guaraníes dos millones ciento noventa y un mil ciento setenta y dos) en concepto de IVA, lo que representa más o menos USD 4.000 (Cuatro mil dólares americanos).

 Es importante notar que:

 ·         En la sentencia, se regula 300 jornales mínimos solamente, pero se le recargó a la parte perdedora 25% más por excepciones (es decir, por las chicanas dilatorias que presentaron a lo largo del juicio), lo que equivale a 75 jornales mínimos adicionales; por mala fe (es decir, por haber obrado con mala intención), 40% más, vale decir, 150 salarios mínimos más, lo que da un total de 525 salarios mínimos, equivalente a Gs. 21.991.715 (Guaraníes veintiún millones novecientos noventa y un mil setecientos quince).

·         Que todavía queda por regular los honorarios de un juicio – puesto que eran dos, acumulados para única sentencia -, lo que también ya se solicitó y la regulación faltante debe salir de un momento a otro.

·         Que el monto a abonar ha sido apelado por los perdedores (César Cardozo, Presidente de Zona 2.5 de la FIDE y Fernando Vera Andrada), pidiendo reducción del monto a pagar.

Las costas fueron cargadas a los litigantes perdedores (César Cardozo, Presidente de Zona 2.5 de la FIDE y Fernando Vera Andrada) en la Sentencia Definitiva Nº 29 del 28 de octubre de 2005, en la cual se invalidó la pseudo-asamblea con la cual Cardozo intentó hacerse Presidente de la FEPARAJ, y convalidó la Asamblea que eligió Presidente al Ing. Julio C. Ingolotti el 26 de octubre de 2003. La Sentencia Definitiva Nº 29 del 28 de octubre de 2005 es firme y ejecutoriada, y por lo tanto no puede ya apelarse.

Sólo como comentario: en su “Mensaje de Fin de Año” que puede leerse en MENSAJE DE FIN DE AÑO EN LA PAGINA DE LA CAA, el Presidente de Zona dice que “el juicio para dirimir la autoridades está en manos del Tribunal Superior de Justicia Electoral, y las reales autoridades de la Federación esperan una decisión favorable en el año que comienza”, mientras que en realidad, desde el 28 de octubre en adelante, lo único que puede discutirse es el monto que los perdedores deben pagar a la FEPARAJ.

Sentencia - Pagina 1

 

Sentencia - Página 2

 


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